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Jueves, 29 de Octubre de 2026 Tiempo de lectura:

El TSJCV desestima el recurso contra el Plan Parcial de Ensanche Levante de Benidorm y mantiene su aprobación

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana ha desestimado íntegramente el recurso presentado por Berlin Invest Trade S.L. contra la aprobación definitiva del Plan Parcial del sector 1/1 Ensanche Levante de Benidorm. La sentencia rechaza los motivos de impugnación planteados y mantiene el acuerdo aprobado por el Pleno municipal en marzo de 2024.

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha desestimado el recurso contencioso-administrativo presentado por Berlin Invest Trade S.L. contra el acuerdo del Ayuntamiento de Benidorm que aprobó definitivamente el Plan Parcial del sector 1/1 Ensanche Levante.

 

La sentencia número 512, dictada por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, rechaza la solicitud de nulidad o anulación del acuerdo adoptado por el Pleno municipal el 27 de marzo de 2024 y condena a la mercantil recurrente al pago de las costas procesales.

 

El planeamiento contempla una edificabilidad de 292.600 metros cuadrados útiles y establece como usos básicos el hotelero y el residencial.

 

El tribunal avala la competencia del Ayuntamiento

 

Uno de los argumentos planteados en el recurso sostenía que el Plan Parcial requería una homologación autonómica por modificar elementos de la ordenación estructural del Plan General.

 

Según la información facilitada, el TSJCV concluye que el documento aprobado no modifica ni la delimitación del sector ni la clasificación del suelo y que respeta las determinaciones fijadas por las normas urbanísticas del Plan General vigente.

 

La Sala considera por ello que corresponde al Ayuntamiento de Benidorm formular, tramitar y aprobar definitivamente el Plan Parcial al tratarse de cuestiones vinculadas a la ordenación pormenorizada.

 

La resolución señala además que la Administración autonómica mantuvo este mismo criterio durante la tramitación.

 

Los usos hotelero y residencial

 

La sentencia también aborda la impugnación relativa a la definición del uso predominante del sector.

 

El tribunal recuerda que el Plan General establece como usos característicos básicos el hotelero y el residencial y considera ajustada al planeamiento la decisión de fijar como dominante el terciario hotelero, manteniendo el residencial como uso compatible.

 

Según la información difundida, la resolución descarta igualmente las objeciones planteadas respecto a la delimitación del ámbito, el aprovechamiento urbanístico y el estudio de movilidad.

 

El desarrollo urbanístico continúa su tramitación

 

La aprobación del Plan Parcial llegó después de cerca de siete años de tramitación y contó, según la información facilitada, con informes favorables de distintas administraciones y entidades.

 

La Agrupación de Interés Urbanístico, que integra a la mayoría de propietarios del sector, considera que la sentencia permitirá avanzar en el Programa de Actuación Integrada y el Proyecto de Urbanización, ambos en tramitación desde 2025.

 

La agrupación confía en que estos instrumentos puedan obtener su aprobación definitiva antes de finalizar el año.

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