Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana. Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.
CBNoticias
Viernes, 02 de Octubre de 2026 Tiempo de lectura:

El TSJCV confirma un año de prisión para un joven por agredir sexualmente a una menor en el partido judicial de Villena

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana ha confirmado la condena de un año de prisión impuesta por la Audiencia de Alicante a un joven por un delito de agresión sexual a una menor de 14 años. Los hechos ocurrieron en marzo de 2023, cuando ambos se encontraban sentados en la escalera de un edificio de una localidad del partido judicial de Villena.

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha confirmado la condena de un año de prisión impuesta por la Audiencia de Alicante a un joven por un delito de agresión sexual a una menor de edad.

 

El tribunal ha desestimado el recurso de apelación presentado por la defensa del condenado contra la sentencia dictada en primera instancia.

 

Los magistrados de la Sección de Apelación Penal consideran que la Sección Segunda de la Audiencia alicantina realizó una valoración “lógica, razonable y ampliamente razonada” de la prueba practicada durante el juicio.

 

Los hechos se remontan a marzo de 2023, en una localidad del partido judicial de Villena. El acusado tenía entonces 19 años y la víctima, 14.

 

Según los hechos considerados probados, ambos se encontraban sentados en las escaleras de un edificio cuando el joven se colocó detrás de la menor y, sin su consentimiento, le introdujo la mano por debajo de la ropa y le realizó tocamientos en los pechos en varias ocasiones, además de tocarle la cadera y el estómago.

 

Tres años sin aproximarse a la víctima

 

La Audiencia de Alicante condenó al acusado en noviembre del pasado año a un año de prisión y a tres años de prohibición de aproximarse o comunicarse con la víctima.

La sentencia estableció además cinco años de libertad vigilada.

El tribunal absolvió al acusado de otro delito similar al considerar que no existían pruebas suficientes para condenarlo por esos hechos.

El TSJCV ha confirmado ahora íntegramente esa resolución y considera “totalmente correcta” tanto la valoración de las pruebas como las consecuencias jurídicas aplicadas a los hechos declarados probados.

Portada

Con tu cuenta registrada

Escribe tu correo y te enviaremos un enlace para que escribas una nueva contraseña.