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Viernes, 24 de Julio de 2026 Tiempo de lectura:

Torrevieja abre el plazo para solicitar las ayudas de 450 euros por nacimiento o adopción

El Ayuntamiento de Torrevieja abre hasta el 2 de septiembre el plazo para solicitar las ayudas de 450 euros por nacimiento o adopción destinadas a familias con hijos nacidos o adoptados en 2025.

El Ayuntamiento de Torrevieja ha abierto el plazo para solicitar las ayudas municipales por nacimiento o adopción correspondientes a la anualidad 2026, una prestación económica de 450 euros destinada a apoyar a las familias del municipio.

 

La convocatoria, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante (BOP), está dirigida a las familias cuyos hijos hayan nacido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025, así como a aquellas adopciones cuya resolución se haya dictado durante ese mismo periodo.

 

El concejal de Bienestar Social, Familia, Convivencia e Integración, Óscar Urtasun, ha informado de que las solicitudes podrán presentarse desde el 23 de julio hasta el 2 de septiembre, ambos inclusive, tanto de forma telemática a través de la sede electrónica municipal como presencialmente en el Registro de Entrada (PROP).

 

Ayuda de 450 euros por cada hijo

 

La cuantía de la prestación asciende a 450 euros por cada hijo nacido o adoptado. En los casos de parto múltiple, las familias podrán percibir una ayuda independiente por cada menor.

 

Las ayudas están destinadas a matrimonios, parejas de hecho, familias monoparentales o titulares del libro de familia que cumplan los requisitos establecidos en la convocatoria.

 

Requisitos para acceder a la ayuda

 

Entre las condiciones exigidas para obtener la subvención destacan contar con residencia legal en España, ser mayor de edad o menor emancipado y estar empadronado en Torrevieja con una antigüedad mínima de tres años ininterrumpidos anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.

 

Además, el recién nacido deberá haber sido empadronado por primera vez en el municipio y en el mismo domicilio que la persona solicitante.

 

Otro de los requisitos es encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con el Ayuntamiento de Torrevieja, así como disponer de una cuenta bancaria para el ingreso de la ayuda.

 

En casos de separación o divorcio, la prestación corresponderá al progenitor que tenga atribuida la custodia del menor. Cuando exista custodia compartida, la ayuda se repartirá al 50% entre ambos progenitores.

 

Documentación necesaria

 

Las personas interesadas deberán presentar junto a la solicitud la documentación acreditativa correspondiente, entre la que se incluye el DNI o NIE en vigor, el certificado de nacimiento o resolución de adopción, el certificado de titularidad bancaria y, cuando proceda, la documentación relativa a procesos de separación o divorcio.

 

Asimismo, el Ayuntamiento comprobará de oficio los datos de empadronamiento y el cumplimiento de las obligaciones municipales cuando exista autorización para ello.

 

Concesión por orden de solicitud

 

Desde el consistorio recuerdan que las ayudas se concederán a aquellas solicitudes que cumplan todos los requisitos establecidos y siguiendo estrictamente el orden de entrada hasta agotar la partida presupuestaria disponible.

 

Por ello, el Ayuntamiento recomienda a las familias interesadas tramitar la solicitud dentro del plazo establecido para garantizar su participación en la convocatoria.

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