Emergencias e Interior traslada a los ayuntamientos información sobre la normativa de seguridad en playas, piscinas de uso colectivo y parques acuáticos La Generalitat refuerza la seguridad en playas y piscinas de la Comunitat Valenciana
La Generalitat Valenciana ha recordado a los ayuntamientos de la Comunitat la obligación de revisar y actualizar los planes de seguridad en playas, piscinas de uso colectivo y parques acuáticos ante el inicio de la temporada estival. La normativa también fija requisitos sobre socorrismo, aforos y medidas de prevención en estas instalaciones.
La Conselleria de Emergencias e Interior ha remitido a los ayuntamientos de la Comunitat Valenciana una circular informativa con las normas de seguridad que deben aplicarse este verano en playas, piscinas de uso colectivo y parques acuáticos.
El documento recuerda a las corporaciones locales la necesidad de mantener actualizados los planes de seguridad y salvamento de las playas, especialmente cuando se produzcan cambios en las condiciones habituales y, en cualquier caso, revisarlos al menos cada tres años.
Además, los consistorios deben comunicar los periodos de mayor y menor afluencia de bañistas, así como los horarios de los servicios de salvamento. Esta información se incorpora al sistema del 1·1·2 Comunitat Valenciana para mejorar la gestión de emergencias y rescates.
Más control del aforo y del número de socorristas
La Dirección General de Interior también ha recordado que el aforo de piscinas y parques acuáticos deberá ajustarse estrictamente a lo autorizado en la licencia de apertura.
En cuanto a los servicios de socorrismo, la normativa establece diferentes requisitos según el tamaño de las instalaciones. Las piscinas con una lámina de agua de entre 200 y 500 metros cuadrados deberán disponer de al menos una persona socorrista, mientras que las de entre 500 y 1.000 metros cuadrados necesitarán un mínimo de dos.
A partir de esa superficie, será obligatorio incorporar un socorrista adicional por cada 500 metros cuadrados extra. En el caso de las piscinas de olas, se exigirá además otro profesional de vigilancia.
La normativa también obliga a que las atracciones de los parques acuáticos cuenten con monitores encargados de supervisar el correcto uso de las instalaciones por parte de los usuarios.
Barreras de seguridad y seguros obligatorios
La circular recuerda igualmente que las piscinas donde el acceso de menores no esté controlado deben disponer de barreras de protección y sistemas de cierre de seguridad, tal y como recoge el Código Técnico de la Edificación.
Asimismo, la Conselleria recomienda implantar medidas para evitar aglomeraciones, señalizar correctamente las zonas de paso y fomentar la compra telemática de entradas para reducir colas y concentraciones en taquilla.
En materia de limpieza, se aconseja reforzar las tareas de desinfección antes de la apertura, durante posibles cierres parciales y al finalizar la jornada.
Por último, las piscinas deberán contar con un seguro de responsabilidad civil que cubra posibles daños a usuarios, terceros, instalaciones y personal trabajador.

















